Para autónomos y pymes

Veri*Factu para autónomos: fechas y qué necesitas

Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que aplaza Veri*Factu hasta octubre de 2028. Es el cuarto retraso. Te cuento qué es, a quién afecta, qué fecha vale hoy y qué tiene sentido hacer mientras tanto.

Por Javier Abad · Actualizada el

En resumen
  • Veri*Factu obliga a que el programa con el que facturas genere un registro inalterable de cada factura.
  • Fechas en la norma publicada: 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos y resto).
  • Aplazamiento anunciado a octubre de 2028, pendiente de publicarse en el BOE.
  • Si facturas con un programa, lo que te toca es comprobar que será compatible; no hay que darse de alta en nada.
Situación a 8 de octubre de 2026. El aplazamiento a octubre de 2028 está anunciado por el Ministerio de Hacienda, pero todavía no se ha publicado en el BOE. Hasta que se publique, las fechas legalmente vigentes siguen siendo las de 2027. Actualizaré esta guía cuando salga la norma.

Qué es Veri*Factu

Es el nombre con el que se conoce el reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), que desarrolla la ley antifraude. No cambia cómo son tus facturas ni qué impuestos pagas. Lo que regula es el programa con el que las haces: no puede permitir borrar o modificar una factura emitida sin dejar rastro.

Para conseguirlo, el programa tiene que:

  • Generar un registro de facturación por cada factura, en el momento de emitirla.
  • Encadenar cada registro con el anterior mediante una huella digital, de forma que no se pueda quitar ni alterar ninguno sin que se note.
  • Poner un código QR en cada factura para que el cliente pueda comprobarla.
  • Poder enviar los registros a la Agencia Tributaria.

Dos formas de cumplir

  • Modalidad «VERI*FACTU»: el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria al emitir la factura. Es la más sencilla: al estar los registros ya en Hacienda, no tienes que custodiarlos tú ni firmarlos.
  • Modalidad «no verificable»: los registros se quedan en tu ordenador, firmados electrónicamente, y los entregas si te los piden. Exige más requisitos de conservación.

Para un autónomo, la primera es casi siempre la mejor opción.

A quién obliga

A empresas y autónomos que emiten facturas con un programa informático, incluidos los TPV de bares y tiendas, porque un ticket es una factura simplificada.

Quedan fuera, entre otros:

  • Quienes ya llevan sus libros por el Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Los contribuyentes del País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas (TicketBAI).
  • Quien hace las facturas a mano, en talonario.

Sobre las facturas hechas en Word o Excel hay matices según para qué se use el fichero. Si es tu caso, confírmalo con tu asesoría: lo prudente es no contar con que quedan fuera.

Las fechas

QuiénFecha en la norma publicadaFecha anunciada
Sociedades (Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027Octubre de 2028
Autónomos y resto de obligados1 de julio de 2027Octubre de 2028

Hacienda justifica el retraso en que quiere hacer coincidir Veri*Factu con la factura electrónica obligatoria entre empresas, que es otra norma distinta y también está pendiente. A día de hoy no se conoce el texto definitivo ni si la nueva fecha será la misma para todos.

Qué pasa si no cumples cuando sea obligatorio

La Ley General Tributaria prevé una multa de 50.000 € por ejercicio por tener programas de facturación que no cumplan los requisitos o que hayan sido manipulados. Es una sanción pensada para el software de doble uso, pero se aplica a quien lo utiliza, no solo a quien lo fabrica.

Qué hacer mientras tanto

  1. No esperes a 2028 para mirarlo. Con cada aplazamiento, los programas se adaptan a última hora y las asesorías se colapsan.
  2. Pregunta a quien te vende el programa si ya es compatible y si la adaptación está incluida en lo que pagas.
  3. Si facturas en Excel o Word, pásate ya a un programa. Aunque la obligación se retrase, ganas numeración automática, control de impagados y los datos de tus declaraciones trimestrales sin copiar nada a mano.
  4. No hace falta darse de alta en ningún sitio. El programa se encarga del envío; tú solo necesitas tu certificado digital instalado.
  5. Puedes usarlo de forma voluntaria antes de la fecha. La Agencia Tributaria ya admite los envíos.

Veri*Factu no es la factura electrónica

Son dos cosas distintas. Veri*Factu trata de que el programa no permita manipular facturas, y afecta también a los tickets a particulares. La factura electrónica obligatoria (ley «Crea y Crece») trata del formato en que las empresas se envían facturas entre sí, y solo afecta a operaciones entre empresarios. El aplazamiento anunciado busca precisamente que las dos lleguen juntas.

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